
Para facilitar el pago de los tributos y el
cumplimiento de las obligaciones tributarias, la SAT ha puesto a
disposición del público diversas herramientas electrónicas, por medio de
Internet.
BancaSat
Es el sistema de presentación y pago de tributos en
forma electrónica, que opera a través de los bancos autorizados por SAT.
Haga
click aquí para conocer más este servicio.
E-Servicios
Es una aplicación de auto-consulta de información, mediante la cual los
contribuyentes pueden verificar sus datos y actualizaciones ante el
Registro Tributario Unificado, ver sus declaraciones de impuestos
presentados y pagadas, verificar la información de vehículos, consultas
del área de aduanas y omisos (declaraciones no presentadas).
Para
conocer mas click aquí
Asistelight
Es una herramienta sencilla que permite el
llenado rápido y sencillo de
formularios electrónicos, realizando cálculos automáticos.
Cada uno de los formularios consiste en un programa ejecutable, sin
necesidad de instalarlo en su PC.
Click
aquí para mas información
Autoliquidación
Permite al contribuyente calcular
sanciones y recargas por presentación y pago extemporáneo o
rectificación de declaraciones, sin necesidad de acudir a la
Administración Tributaria. Ventajas: Puede efectuar cálculos actuales y
proyectados. Puede utilizar las 24 horas del día, los 365 días del año.
Para
ingresar click aquí.
Verificador de documentos
Este servicio permite
corroborar si la SAT ha extendido una autorización de impresión de
facturas, notas de crédito, notas de débito.
Click
aquí para mayor información.
Verificación de declaraciones
El verificador de declaraciones le
permite que la presentación y pago de declaraciones estén registrados
correctamente.
Ingresa
aquí
Buzón
SAT
Consiste en una dirección de correo electrónico asignada a cada
contribuyente, por medio de la cual, la SAT, le enviará notificaciones
de pago de impuestos y otros avisos de interés y a la vez usted podrá
hacer consultas.
Click aquí para ingresar
Fuente: Superintendencia de Administración
Tributaria SAT
http://portal.sat.gob.gt/ct/portal
NOTA: Este artículo sólo puede ser utilizado para fines ilustrativos y no sustituye la consulta de leyes y reglamentos correspondientes

